La regulación del juego online en el Perú: leyes 31557 y 31806
Normas verificadas en su texto oficial · registro consultado el
Tres normas gobiernan el juego a distancia en el Perú, y el reglamento es el que decide todo lo práctico: quién puede pedir autorización, por qué actividad, con qué requisitos técnicos, con qué obligaciones de publicidad y con qué sanciones.
Las tres normas
Ley 31557, Ley 31806 y el reglamento que las hizo operativas
El juego a distancia en el Perú se rige por tres textos y conviene distinguirlos porque cumplen funciones distintas.
La Ley N.º 31557, publicada el 13 de agosto de 2022, es la ley marco: regula la explotación de los juegos a distancia y las apuestas deportivas a distancia, crea el régimen de autorización y designa al MINCETUR como autoridad competente a través de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas.
La Ley N.º 31806, del 28 de junio de 2023, la modifica y ajusta aspectos del régimen antes de su entrada en vigor efectiva.
El D.S. N.º 005-2023-MINCETUR, publicado el 13 de octubre de 2023 y vigente desde el 9 de febrero de 2024, es el reglamento: el texto que convierte la ley en requisitos concretos —procedimiento de autorización, obligaciones técnicas, régimen de publicidad, infracciones y sanciones—. Esa fecha del 9 de febrero de 2024 explica la forma del registro, aunque no de forma inmediata: las primeras resoluciones directorales de autorización llevan fecha del 27 de marzo de 2024, siete semanas más tarde, y desde ahí el registro se llenó en una rampa de cinco meses que culmina en julio de 2024.
Quién puede pedirla
Los tres tipos de autorización y qué registran
El régimen admite tres figuras: una persona jurídica constituida en el Perú, una sucursal establecida en el Perú de una entidad extranjera, y una persona jurídica extranjera sin sucursal en el país. La tercera es la que explica una particularidad tributaria importante: cuando el titular es una entidad extranjera, actúa como agente de percepción del ISC que le corresponde pagar al jugador.
La autorización se otorga por actividad y por dominio. Es la razón por la que el registro tiene 96 asientos para 50 empresas y 52 dominios: quien quiere ofrecer casino y apuestas deportivas necesita dos autorizaciones. 6 titulares tienen solo la deportiva y 2 solo la de casino, como detallamos en las dos licencias.
Alrededor del titular, el reglamento exige que la plataforma tecnológica esté inscrita y certificada por un laboratorio acreditado. El registro peruano tiene 8 laboratorios acreditados y 363 proveedores de servicios inscritos, además del registro de programas de juego y el de modalidades.
Obligaciones técnicas
Retorno mínimo, certificación y control de programas
Dos exigencias técnicas del reglamento afectan directamente al jugador. La primera es el retorno teórico mínimo del 85 %: «Cada juego debe tener un retorno teórico no menor al ochenta y cinco por ciento (85%) durante la vida útil esperada del juego». Es un piso, y la distribución real de los retornos certificados está bastante por debajo de lo que anuncia el mercado, como mostramos en el RTP mínimo legal.
La segunda es el control de los programas de juego: cada juego se certifica en una versión concreta por un laboratorio acreditado y se inscribe en el registro correspondiente. El registro peruano tiene 9,122 programas inscritos de 75 fabricantes. Ese control se extiende a las modalidades de juego y a los medios de pago autorizados.
El reglamento prohíbe además transferir una autorización y permitir que un jugador no registrado juegue gratuitamente con fines de promoción comercial.
Publicidad
Qué obliga el reglamento a quien publicita juego
Esta parte nos obliga directamente, porque un sitio afiliado es publicidad. El reglamento impone el aviso literal «Los juegos y apuestas deportivas a distancia realizados en exceso pueden causar ludopatía» en toda publicidad de juego, y exige que aparezca «en caracteres legibles y de fácil visibilidad, en proporción al resto de la información publicitada». El Anexo I lo desarrolla como un recuadro con dimensiones. Por eso ese aviso aparece en el pie de todas nuestras páginas y junto a cada bloque con enlaces.
Prohíbe también la publicidad dirigida a menores y —el punto que define la arquitectura de este sitio— la promoción de operadores no autorizados. No es una preferencia editorial nuestra: es la razón por la que ningún operador aparece aquí sin un asiento en el registro, y por la que un titular sin autorización de casino no entra en un ranking de casinos.
Sanciones
El régimen de infracciones y las multas en UIT
El Anexo II del reglamento clasifica las infracciones. Explotar juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia sin autorización es infracción muy grave, sancionada con 150 a 200 UIT. La UIT de 2026 está fijada en S/ 5,500 por el D.S. 301-2025-EF, de modo que la multa va de S/ 825,000 a S/ 1,100,000.
Junto a la multa, la DGJCMT dispone del bloqueo técnico por URL, IP, dominio y resolución DNS en coordinación con el MTC, y de la vigilancia de la publicidad ilegal en redes sociales. El recuento de acciones documentadas está en las acciones de bloqueo.
En materia tributaria el régimen es doble: un impuesto del 12 % sobre la base neta del operador y el ISC del 1 % sobre el valor de cada apuesta, cuyo sujeto pasivo es el jugador. Ese segundo tributo está desarrollado en el impuesto a las apuestas.
Preguntas
Preguntas frecuentes sobre la regulación del MINCETUR
¿Desde cuándo es legal el juego online en el Perú?
La Ley 31557 se publicó el 13 de agosto de 2022, pero el régimen se volvió operativo con su reglamento, el D.S. 005-2023-MINCETUR, vigente desde el 9 de febrero de 2024. Las primeras autorizaciones llevan fecha del 27 de marzo de 2024, siete semanas después de esa entrada en vigor.
¿Quién regula el juego a distancia en el Perú?
El MINCETUR, a través de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas (DGJCMT). La administración tributaria corresponde a SUNAT, y el bloqueo técnico se ejecuta con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
¿Una empresa extranjera puede tener autorización peruana?
Sí, en dos formas: como sucursal establecida en el Perú o como persona jurídica extranjera sin sucursal. En el segundo caso el titular actúa como agente de percepción del ISC que corresponde pagar al jugador.
¿Qué retorno mínimo exige la ley peruana?
85 % de retorno teórico durante la vida útil esperada de cada juego. Es un piso legal, no un promedio: la distribución real de los retornos certificados está en el RTP mínimo legal.
¿El reglamento obliga a poner un aviso sobre ludopatía?
Sí, con texto literal y en caracteres legibles y proporcionales al resto de la publicidad. El Anexo I lo desarrolla como un recuadro. Es una obligación de toda publicidad de juego, incluidos los sitios afiliados.
¿Cuál es la multa por operar sin autorización?
De 150 a 200 UIT por infracción muy grave del Anexo II: entre S/ 825,000 y S/ 1,100,000 con la UIT de 2026, más bloqueo técnico y la responsabilidad penal prevista para la promoción de juego ilegal.
¿Cuántos operadores hay autorizados hoy?
50 titulares con 96 asientos sobre 52 dominios, según el registro consultado el 03/08/2026. El detalle completo está en el registro.